El Divorcio en Chile.


El Divorcio.

 

I. El divorcio en Chile

La Ley Nº 19.947 Nueva ley de Matrimonio Civil en Chile, estableció en Divorcio Vincular, el que pone término al Matrimonio.

II. Algunas consideraciones sobre el divorcio.

         Como el divorcio pone fin al Matrimonio, influye en otras materias relacionadas con la familia.

a) Nuevas nupcias

Cuando el Tribunal decreta el divorcio, los ex cónyuges adquieren un nuevo estado civil, pasan de ser sacados a “divorciados”. El hecho de ser divorciados, les permite contraer nuevamente matrimonio.

 

b) Derecho de alimentos

Los alimentos que los cónyuges solo se deben durante la duración del matrimonio. De modo tal, que al decretarse el divorcio, la obligación de los cónyuges de suministrarse alimentos se acaba.


c) Cuidado personal y relación directa y regular con los hijos (Visitas)

El código Civil señala lo siguiente: Art. 225 del Código Civil: “Si los padres viven separados, a la madre toca el cuidado personal de los hijos”. Art. 229 del Código Civil: “El padre o madre que no tenga el cuidado personal del hijo no será privado del derecho ni quedará exento del deber, que consiste en mantener con él una relación directa y regular". 

Aquí debemos distinguir:

Si el divorcio es de común acuerdo, las materias de visitas y cuidado personal deben quedar reguladas en el mismo juicio.

Si el divorcio es demandado por uno de los cónyuges (no existe acuerdo), estas materias no es necesario regularlas. Aunque siempre será aconsejable hacerlo por el interés superior de los menores.

 

d) Derechos sucesorios

Cuando uno de los cónyuges fallece, el sobreviviente es heredero legitimario del fallecido, lo que significa que participa en la sucesión.
Al decretarse el divorcio, el sujeto, pierde la calidad de heredero respecto a ex cónyuge.
Sin embargo los derechos de los hijos permanecen intactos, su condición no cambia.

e) Compensación económica

Al terminar el matrimonio, la ley establece una institución denominada “compensación económica”.
Esta compensación económica consiste en el derecho que el cónyuge mas débil (puede ser el hombre o la mujer) tiene a ser compensado por el menoscabo económico sufrido por no poder podido desarrollar un trabajo o actividad con motivo de  haberse avocado al cuidado de los hijos, o la mantención del hogar común.
Claramente con esto, la ley busca proteger a la mujer (aunque también puede ser al marido según el caso) cuando producto del divorcio esta pudiese quedar en la indefensión. Por eso la ley reconoce el sacrificio que hace al privarse de trabajar para dedicarse al hogar común o al cuidado de los hijos.
                   



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